Los y las postulantes deben enviar sus antecedentes de postulación a seleccion@deve.renca.cl, indicando en el asunto “Profesional de coordinación Depto. de niños, niñas y adolescencia”. También pueden hacerlos llegar a la oficina de partes de la municipalidad, en Blanco Encalada N° 1335, Renca, hasta las 14 horas del día 06 de agosto del 2018, señalando en el sobre el código del concurso al que postula.
Documentos a presentar vía mail o en oficina de partes:
- Carta indicando su interés en el cargo
- Currículum vitae actualizado. Formato adjunto.
- Fotocopia Cédula de Identidad por ambos lados.
- Declaración jurada simple de no estar afecto a las inhabilidades e incompatibilidades administrativas establecidas en los artículos 54 y 56 de la ley Nº18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Con ese texto y firmado.
- Certificado de Antecedentes actualizado a los últimos 30 días.
- Fotocopia simple de Certificado de título.
- Certificación de experiencia laboral según se señala en la etapa de admisibilidad.
Identificación de la oferta laboral
Ocupación ofrecida: Profesional de coordinación Depto. de niños, niñas y adolescencia
Número de vacantes: 1
Dirección donde se trabajará: Municipalidad de Renca / Dideco
Región: Metropolitana
Comuna: Renca
Tipo de vacante: Plazo fijo renovable / Contrata
Grado / Sueldo bruto: 8, $1.850.322 bruto mensual, además PMG
Objetivo del Cargo
Generar procesos de intervención que permitan el desarrollo social
de la población de niños, niñas y jóvenes de la Comuna de Renca.
Requisitos Generales
- Ser ciudadano(a).
- Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización cuando fuere procedente.
- Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
- Haber aprobado la educación media y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley.
- No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria.
- No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargo públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito.
- No estar afecto a algunas de las inhabilidades que se establecen en los artículos 54 y 56 de la ley 18.575.
- Lo establecido en la ley N° 20.922, de 2016, sobre el cumplimiento de requisitos educacionales para el estamento Profesional:
a) Título profesional de una carrera de 10 semestres
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