El pago de la patente por Art 24 Ley de Rentas es de $5 por mil de Capital Propio Tributario de la empresa, declarado ante el Servicio de Impuestos Internos, el cual se cancela en 2 cuotas con vencimiento 31 Enero y 31 de Julio de cada año, más los derechos de aseo valor semestral año 2026 de $29.216, derechos de publicidad y de ocupación de bien nacional de uso público, según corresponda.
Si el Capital es de $20.000.000 según F22 año 2025 y declara 3 m2 de Uso de BNUP y 3m² de Publicidad luminosa, el pago semestral de la patente será:
| Art 24 Ley de rentas | $50.600 |
| Derechos de aseo | $29.216 |
| Publicidad luminosa(3m²) | $105.882 |
| Uso de BNUP (3m²) | $63.529 |
| TOTAL | $249.227 |
El mínimo a pagar por concepto de art 24 corresponde a 1 UTM (valor se reajusta mensualmente por variación IPC).
Importante
- Todo pago debe efectuarse sólo en las cajas habilitadas en Tesorería Municipal o a través de Internet Sección Trámites. La Municipalidad no envía cobradores a domicilio en ningún proceso.
- La tramitación siempre deberá hacerla el titular, sea persona natural o jurídica o su representante debidamente autorizado por poder notarial.
- Las patentes en situación de morosidad, no pueden tramitar cambios de nombre o Domicio, hasta el pago total de su deuda.
- Las patentes de feria libre no pueden ser
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